Ley 21.258 — Ley Nacional del Cáncer

Marco legal que crea el Plan Nacional de Cáncer (5 años), la Red Oncológica Nacional, el Registro Nacional de Cáncer y el Fondo Nacional del Cáncer, para prevenir, diagnosticar, tratar y rehabilitar integralmente a las personas con cáncer.

· Ficha informativa — no es asesoría legal.

¿Qué establece la Ley 21.258?

Define un marco para prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, con enfoque integral de persona y familia; crea instrumentos y coordinación intersectorial para ejecutar políticas y programas oncológicos a nivel nacional.

Principios que inspiran la ley

Cooperación

Articula cooperación público-privada, intersectorial e interinstitucional.

Protección de datos

Secreto y confidencialidad; uso limitado a fines de la ley y normativa de datos personales.

Participación y trato

Participación de sociedad civil y humanización del trato (derecho a compañía, apoyo espiritual, etc.).

Plan Nacional de Cáncer (5 años)

  • Define objetivos, líneas de acción, metas e indicadores en promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, investigación, RR.HH., rehabilitación y paliativos.
  • Debe publicarse, evaluarse y actualizarse (al menos cada 5 años).
  • Plan vigente: 2022–2027 (aprobado por Resolución Exenta N° 360/2022).

Red Oncológica Nacional

Se implementa como parte de la Red Asistencial de Salud con centros especializados distribuidos equitativamente. Incluye diagnóstico, tratamiento y seguimiento, con guías clínicas revisadas periódicamente.

Registro Nacional de Cáncer

Desarrollado por la Subsecretaría de Redes Asistenciales; el cáncer es de notificación obligatoria para diseñar el Plan y la política pública.

¿Cómo funciona el Fondo?

  • Financia programas y proyectos (investigación, prevención, vigilancia, pesquisa, equipos, formación, etc.).
  • Asignación vía concursos públicos semestrales (si hay recursos disponibles).
  • Regulado por DS N.º 36/2024 (operación del Fondo y concursos).

No discriminación laboral

Se prohíbe condicionar contratación, permanencia o promoción por haber tenido cáncer; se consideran graves los despidos discriminatorios, con opciones de reincorporación o indemnizaciones.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto se actualiza el Plan Nacional de Cáncer?
La ley fija vigencia de 5 años y exige evaluación y actualización periódica; el plan vigente es 2022–2027.
¿Qué financia el Fondo Nacional del Cáncer?
Programas y proyectos de investigación, prevención, vigilancia, pesquisa, equipamiento y formación, asignados por concursos.
¿Puedo donar al Fondo con beneficios tributarios?
Sí. Las donaciones al Fondo tienen tratamiento tributario específico según SII (ver Circular 42/2021).

Descargo de responsabilidad: Este contenido es informativo. Verifica siempre el texto legal, reglamentos y el estado de los planes y concursos en fuentes oficiales.