DS N.º 3 (1984) — Reglamento de autorización de licencias médicas

Reglamento que define la tramitación y autorización de las licencias médicas por parte de las COMPIN y las ISAPRES, incluyendo plazos, formularios, requisitos y la actuación de los Servicios de Salud. (Minsal, 1984)

· Ficha informativa — no es asesoría legal.

Resumen del DS N.º 3

El Decreto Supremo N.º 3 (1984) aprueba el Reglamento de autorización de licencias médicas, precisando formulario oficial, requisitos clínicos, plazos de presentación y competencias de las COMPIN (Fonasa/sector público) y de las ISAPRES (sector privado). :contentReference[oaicite:1]{index=1}

  • Establece quién tramita y autoriza licencias según tipo de afiliación y territorio. :contentReference[oaicite:2]{index=2}
  • Regula plazos de presentación al empleador y a la entidad autorizadora (COMPIN o Isapre). :contentReference[oaicite:3]{index=3}
  • Fija causales de reducción, rechazo o ampliación y vías de revisión. :contentReference[oaicite:4]{index=4}

Ámbito, actores y competencias

Actor Rol según DS N.º 3
Trabajador(a) Presenta la licencia en plazo y forma; adjunta antecedentes médicos exigidos.
Empleador Recibe y remite la licencia; mantiene antecedentes; debe colaborar con la tramitación. :contentReference[oaicite:6]{index=6}
COMPIN / Servicios de Salud Estudian y autorizan licencias de afiliados públicos/no ISAPRE; pueden reducir, rechazar o ampliar reposo. :contentReference[oaicite:7]{index=7}
Isapres Autorizan licencias de afiliados a su régimen previsional de salud; informan forma y lugar de presentación. :contentReference[oaicite:8]{index=8}
Comisiones Médicas Apoyo técnico para peritajes; evaluación de recuperabilidad y prolongaciones de reposo. :contentReference[oaicite:9]{index=9}

Flujo resumido

  1. Certificación médica en formulario oficial (secciones de identificación y respaldo clínico). :contentReference[oaicite:10]{index=10}
  2. Entrega al empleador dentro del plazo que fija el DS N.º 3, con antecedentes previos si existen. :contentReference[oaicite:11]{index=11}
  3. Ingreso a COMPIN/Isapre para estudio y resolución (autoriza, reduce, rechaza o amplía). :contentReference[oaicite:12]{index=12}
  4. Control y peritajes cuando corresponda (recuperabilidad, licencias prolongadas, etc.). :contentReference[oaicite:13]{index=13}

Rechazo, reducción y apelaciones

El reglamento contempla causales para rechazar o reducir licencias, así como la posibilidad de solicitar reconsideración o revisión cuando existan nuevos antecedentes clínicos o errores en la evaluación. :contentReference[oaicite:16]{index=16}

Para orientación práctica y criterios vigentes sobre licencias médicas y SIL, revisa también guías y circulares de Suseso (seguridad social y subsidios). :contentReference[oaicite:17]{index=17}

Relación con otras normas

Enlaces oficiales

Preguntas frecuentes

¿Quién autoriza mi licencia si estoy en Fonasa?
La COMPIN o el Servicio de Salud competente, según el territorio y tu condición laboral. :contentReference[oaicite:18]{index=18}
¿Y si estoy en Isapre?
La Isapre respectiva, conforme a los procedimientos e información que debe proporcionar al afiliado. :contentReference[oaicite:19]{index=19}
¿Qué plazos debo cumplir?
Debes presentar al empleador la licencia dentro del plazo reglamentario y aportar antecedentes previos si existen. :contentReference[oaicite:20]{index=20}
¿Puedo apelar si me rechazan?
Sí. El reglamento contempla reconsideraciones y revisiones, especialmente ante nuevos antecedentes clínicos. :contentReference[oaicite:21]{index=21}

Descargo de responsabilidad: Esta ficha resume el DS N.º 3 (1984). Revisa siempre el texto oficial en BCN y criterios de Suseso/autoridad sanitaria para confirmar vigencias, plazos y procedimientos.